MATEMÁTICAS EN DERECHO

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Según el Científico del Derecho, Magíster en Educación, Marcos Acosta Montedoro (2020), las opiniones son muy valiosas, siempre que hayan sido emitidas por quienes se encuentran incluidos en el contexto de ellas; es decir, por aquellos que han tenido experiencias o vivencias por las cuales pueden proporcionar opiniones de suma utilidad para quienes las requieran. Abundan muchas tesis de Derecho plagadas de opiniones. Sin embargo, un solo hecho puede derribar millones de opiniones. Análogamente, la primacía de la realidad, principio del Derecho, da prevalencia a lo que surge en la práctica, frente a lo presentado en documentos; no obstante que cuando no se cuenta con mayor evidencia puede recurrirse a ellos. Por lo que los hechos pueden derribar la más intrincada y elaborada argumentación jurídica, una estadística descriptiva o inferencial puede proporcionar mayor evidencia jurídica que incluso un hecho o grupo de hechos. Por lo que el uso de la estadística aporta mejor herramienta que cualquier elucubración orientada a lo jurídico, ya sea bajo denominación de ensayo, argumentación o proposición jurídica, además que los resultados estadísticos proporcionan insuperable evidencia en el ámbito del Derecho. Una tesis de enfoque cuantitativo da mejores aportes que una de enfoque cualitativo, ya que las de enfoque cuantitativo proporcionan una base de mayor concreción y objetividad que las de enfoque cualitativo, las cuales están cargadas de subjetividad, lo que desmerece su rigor científico (mas no su valor informativo).

Según el abogado Juan Carlos Muñoz (2020), cuán equivocados están muchos al pensar que para el ejercicio del Derecho no se requiere de las matemáticas; al contrario, estas siempre se encuentran allí presentes. Terrible es contar con aquel abogado que envía a un contador a realizar las operaciones matemáticas que no las quiere hacer o no las puede hacer. Con criterio justo, hay operaciones matemáticas que no se encuentran en todas las ramas del Derecho ni en toda actuación judicial, pero sí la lógica matemática ha de estar siempre presente para deducir falacias de correcciones y así convencer a un juez. No olvidar los axiomas que provienen de la ley y la constitución, usados con suma utilidad para la demostración o establecimiento de “fórmulas” de actuación judicial. Se puede constatar la existencia de operaciones matemáticas en ciertas ramas del Derecho, como la dosificación punitiva en derecho penal, la cual es una herramienta que permite al juez la determinación de la pena que debe imponer a un reo, si estas se basan en un sistema de mínimos y máximos, por ejemplo, así la pena va aumentando o disminuyendo, de acuerdo a atenuantes o agravantes que presentados en cada caso. Otros casos relacionados con derecho penal son los relacionados con los delitos de alteración y modificación de calidad, cantidad, peso o medida; el agiotaje y la usura, de manera especial esto último, en la cual su existencia depende de una fórmula matemática. En el derecho laboral y de seguridad social, se requiere de los cálculos de liquidación del monto de prestaciones sociales (cesantías, prima semestral, etc.) y los montos de indemnización por despido sin causa justa. Por otro lado, los montos de liquidación de pensiones de vejez, invalidez y muerte. En el derecho laboral, se debe determinar el monto necesario para establecer la cuantía de la demanda. Si tales liquidaciones no se encuentran en una demanda, lo más probable es que el juez la inadmita. En derecho de familia y de sucesiones, se debe recurrir a las operaciones matemáticas para el cálculo de los montos de la liquidación de los bienes de la sociedad conyugal o de un fallecido. En derecho tributario, rama en donde imperan las matemáticas, ni hace falta colocar ejemplos (cálculo de impuestos a las ventas, impuestos a las rentas, reparticiones de dividendos, etc.). Los operaciones matemáticas se encuentran presentes en el derecho financiero, el derecho económico, el derecho civil (con respecto a los procesos ejecutivos), el derecho marítimo y el derecho aeronáutico (determinación de los fletes, sobre todo). Más aún, las matemáticas son requeridas para que todo abogado cobre sus honorarios, puesto que nadie estudia una carrera para realizar caridad, tal como lo afirmó Sancho Panza “oficio que no da de comer a su dueño no vale dos habas”. Al no saber matemáticas un abogado, ¿cómo piensa cobrar?, ¿cómo va a liquidar las facturas correctamente y cómo sacar un porcentaje que le corresponde al haber ganado un proceso? Ni que tenga que llamar a un contador para esto.

Según la Universidad Veracruzana (2020), la estadística es una disciplina que se considera indispensable para la ciencia jurídica, ya que viene a satisfacer la necesidad de contar con técnicas y útiles instrumentos para cuantificar con precisión hechos materiales y humanos de la estructura y superestructura social. La estadística se considera una ciencia que tiene por objeto la aplicación de leyes de la cantidad a hechos sociales para la medición de su intensidad, la deducción de las leyes los rigen a tales hechos y hacer su próxima predicción; tiene una significativa utilidad e importancia en el ámbito jurídico, ya que permite el ordenamiento, el resumen y el procesamiento de los datos más destacados de los elementos que componen un grupo o una población, para analizar y entender, más sencilla manera, su contenido y sus características. En dicho sentido, aplicada al terreno de lo jurídico, la estadística permite tratar con una información extensa, diversa y compleja, darle el orden y una presentación accesible por medio de gráficos. En estudios de posgrado, la investigación es una fundamental tarea, por lo que la estadística vendría a contribuir al logro de los objetivos de la investigación jurídica de sobre manera.

Según el Juez de Corte Superior, Doctor en Ciencias y Magíster en Derecho, Reynaldo Tantaleán Odar (2015), hay disciplinas que tienen la posibilidad de normar a la realidad, y es el Derecho una de ellas, por lo que las investigaciones jurídicas, según su alcance o nivel pueden dividirse en: (a) exploratorias, (b) descriptivas, (c) correlacionales, (d) explicativas, (e) proyectivas y (f) propositivas; son modos de profundización sobre el objeto de investigación susceptibles de ser usadas en sede jurídica. En una investigación correlacional el propósito es la medición del grado de relación existente entre dos o más conceptos o variables en un contexto particular. Todas las investigaciones tienen utilidad en el universo del saber; por lo que ninguna vale más que otra; bien realizadas, cada una de ellas ha de aportar desde sus resultados al saber jurídico.

Acosta Montedoro, Marcos. (2020). Matemáticas en Derecho. Lima: Red-Mundo.

Tantaleán, Reynaldo. (2015). El alcance de las investigaciones jurídicas. Derecho y Cambio Social. Disponible en: file:///C:/Users/Usuario/Downloads/12-48-1-PB.pdf.

Muñoz, Juan Carlos. (2020). Las matemáticas y el derecho. Recuperado de: https://munozmontoya.com/2011/04/04/las-matemticas-y-el-derecho/, el 13 de diciembre de 2020.

Universidad Veracruzana. (2020). Estadística para la investigación jurídica. Recuperado de: https://www.uv.mx/dderecho/plan-04/#:~:text=La%20estad%C3%ADstica%2C%20definida%20como%20la,resumir%20y%20procesar%20los%20datos, el 13 de diciembre de 2020.

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